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Adjuste Cubano
La Ley de Ajuste Cubano proporciona una vía para que los ciudadanos cubanos que hayan estado en los Estados Unidos durante al menos un año soliciten la residencia permanente. Para calificar, las personas deben demostrar su nacionalidad cubana, haber sido inspeccionadas y admitidas o tener libertad condicional cuando ingresaron a los EE. UU., estar físicamente presentes en los EE. UU. y haber mantenido una residencia continua durante un año. Deben presentar el Formulario I-485, Solicitud para registrar residencia permanente o ajuste de estatus, y proporcionar evidencia de su elegibilidad.
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Además, los cónyuges de ciudadanos cubanos también pueden solicitar un ajuste de estatus, siempre que el ciudadano cubano aún no sea ciudadano estadounidense, presente su documentación antes que su cónyuge y el cónyuge resida con el ciudadano cubano. Ambas personas deben cumplir con los demás requisitos del proceso de Ajuste Cubano para garantizar una aplicación sin problemas.
